Juristas de diferentes países analizaron la resolución de la Suprema Corte de la Nación mexicana, en donde se castigó al emisor de una nota pública que no cumplía las características periodísticas por lo que fue sancionada. Aunque la mesa expositora, reconoció que la ley se encuentra limitada al no existir ningún fundamento legal que explique que requisitos debe cubrir un apunte de quien se diga periodista, también se consideró aceptada la resolución judicial, al señalar que no debe confundirse la libertad de expresión con la agresión perjuiciosa de la persona pública a quien se menciona en cualquier relato. El panel no señaló quienes fueron las partes en el juicio que dio origen a la resolución estudiada, al tratarse de una conferencia ilustrativa y no una junta informativa, sobre quienes utilizaron de manera un medio impreso.